La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada el día 25 de octubre, recoge importantes novedades con respecto a las cotizacionesgastos deducibles y bonificaciones de los trabajadores autónomos.

Algunas medidas se han puesto en marcha de forma inmediata pero la mayoría no entrará en vigor hasta enero de 2018. Desde ECM Asesores & Consultores os hacemos un breve resumen de las principales novedades que trae esta nueva Ley de Autónomos:

Ampliación de la tarifa plana hasta 24 meses para nuevos autónomos. El primer año las cuotas son de 50 euros, los seis siguientes meses se reduce el 50% de la cuota y en el último semestre la reducción es del 30%.

Se reducen los requisitos para ser autónomo: mayor flexibilidad en las condiciones, reduciendo a dos años el plazo sin cotizar en autónomos, en lugar de cinco como se exige ahora.

– Posibilidad de acogerse a la tarifa plana aquellos autónomos que emprenden por segunda vez, si han transcurrido más de tres años desde la baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).

– Suministros domésticos: si el autónomo trabaja desde casa puede deducirse un 30% de los suministros de electricidad, agua, gas, telefonía e Internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad.

Gastos de manutención: el trabajador autónomo podrá deducirse 27,27 euros diarios, 48 euros en el extranjero, en concepto de gastos de dietas  y manutención siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Debidos al desarrollo de la actividad económica.
  2. Producidos en establecimientos de restauración y hostelería.
  3. Pagados por medios electrónicos y de los que se dispone de factura en condiciones.

 

Otras novedades incluidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

– En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se incluyen novedades en el pago por días reales de alta en el régimen así como aumenta el límite permitido en el número de altas y bajas anual. A partir de enero de 2018, los autónomos podrán darse hasta tres veces de alta y de baja en el mismo año.

– Medidas para favorecer la contratación mediante bonificaciones a la contratación familiar.

– Los jubilados autónomos podrán cobrar la pensión completa.

– Tarifa plana de 50 euros para las mujeres que se reincorporan al trabajo después de la baja por maternidad.

Compatibilidad al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo.

Se reducen un 10% los recargos por ingreso fuera de plazo.

Elección de la base de cotización, permitiendo cambiarla hasta 4 veces al año.

Si necesitas obtener más información sobre la nueva Ley de Autónomos, contacta con nosotros en cualquiera de nuestras oficinas:

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