Se ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes del subsidio extraordinario para personal empleadas del hogar, cuyo importe es el 70 % de la base reguladora. Se puede solicitar en dos casos:

  • Empleadas del hogar en alta a fecha 14 de marzo que han sido despedidas posteriormente.
  • Empleadas del hogar que siguen en alta pero no han prestado servicios o lo han hecho con jornada reducid

En el primer caso habrá que adjuntar a la solicitud la carta de despido o la baja en seguridad social, y en el segundo la declaración jurada que se adjunta.
Es compatible con otros trabajados por cuenta propia y/o ajena siempre que la suma de ingresos de todas las actividades no superen en SMI.
Se puede presentar online o por correo ordinario, podéis ver los detalles en las instrucciones de la solicitud,
Para cualquier duda pónganse en contacto con nosotros.

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