El 6 de Abril comenzó la Campaña de Renta 2015 y aprovechamos para recomendarte que toda Declaración sea revisada antes de su confirmación, para ello ECM Asesores estamos a tu disposición.
Casi todos los ciudadanos están obligados a presentar la Declaración de la Renta aunque también hay excepciones, estas son las siguientes:
– Cuando los rendimientos del trabajo sean iguales o inferiores a 22.000 euros anuales, siempre y cuando vengan de un solo pagador. Si estos ingresos proceden de varios pagadores el segundo y restantes no debe superar los 1.500 euros anuales. Si esto ocurre entonces el límite para tener obligación estaría en 12.000 euros anuales.
– Cuando se reciben pensiones compensatorias del cónyuge el limite también está en 12.000 euros.
– Cuando los rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales que estén sometidas a retención , no superen 1.600 euros anuales. En este caso no habría obligación de presentar la declaración.
– Cuando las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial no superen 1.000 anuales.
Los límites mencionados anteriormente son tanto para las Declaraciones individuales como conjuntas.
Es importante recordar que aunque no se tenga obligación de presentar la declaración de la renta si en la misma sale un resultado favorable al contribuyente es necesario presentarla para que dicha devolución sea efectiva.
Insistimos en que sean revisadas las declaraciones previamente por profesionales debido a los errores, falta de datos, y posibles modificaciones que se puedan hacer antes de ser presentadas.Pa
Para cualquier duda nos encontramos en ECM Asesores, Calle Carmen Carmen nº 6, bajo, Albacete y en el Parque Empresarial Campollano, situado en la sede de ADECA. Si lo prefieres puedes contactarnos por teléfono 967663306

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