El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceros. En este documento se contemplan aquellas operaciones con clientes o proveedores que tengan un valor superior a los 3.005,06 euros.
Se trata, por tanto, de un modelo que a Hacienda le sirve para controlar los movimientos de grandes cantidades de dinero.
El plazo de presentación del Modelo 347 para el ejercicio 2018 es del 1 al 28 de febrero de 2019.
¿Quién debe presentar la Declaración Anual de Operaciones con terceros?
La mayoría de empresas y autónomos que desarrollen actividades empresariales están obligados a presentar este modelo. Sin embargo, existen las siguientes excepciones:
- No tener sede de la actividad, establecimiento permanente o domicilio fiscal en España.
- Aquellos que hayan realizado exclusivamente actividades no sometidas a la obligatoriedad de su declaración y que están contempladas en el artículo 33 del Real Decreto 1065/2007.
- Personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva y en el IVA simultáneamente por el régimen simplificado, de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia.
- Inscritos en el registro de devolución mensual de IVA.
- Las operaciones intracomunitarias de bienes y servicios, que se reflejan en el modelo 349.
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