Las facturas son claves para pymes y autónomos. Es sin duda, uno de los documentos más importantes. Acreditan todo lo que se ha comprado y vendido durante un periodo determinado y sirven a la empresa como referencia de su actividad.
Pero existen ocasiones en las que, por ejemplo, los pagos se realizan por adelantado y las facturas aún no las hemos recibido. Una preocupación para pymes y autónomos.
Entonces ¿Cómo apuntamos este tipo de movimientos en nuestra contabilidad? La respuesta la encontramos en el Plan General Contable.
Según dicho documento existe una forma de actuar para estas circunstancias. En el Plan General contable se especifica que existe una cuenta, la 4009, de proveedores para este tipo de facturas pendientes de recibir. Toda deuda con proveedores que no este reflejada en una factura se debe reflejar en dicha cuenta.
Cuando se recibe la factura se debe contabilizar en otras cuentas. Concretamente en la 4000 o, si es en moneda extranjera, en la 4004, abonando esas cuentas con cargo a la 4009.
¿Qué pasa con el IVA?
En estos casos el IVA puede suponernos un auténtico quebradero de cabeza. De nuevo, el Plan General contable nos da la solución. A partir del momento en el que nos llegue la factura el IVA se puede reflejar en la cuenta 472, cargándola con él con consecuente abono a las cuentas de proveedores. Pero ojo, esto solo es valido en el caso que de que no se reflejara de manera contable en su momento, o bien a una cuenta de HP IVA soportado no deducible.
En lo referente a las declaraciones trimestrales del IVA, las cuotas solo se pueden deducir en el momento en que se haya recibido la factura.
Es imprescindible también saber que en el libro de facturas recibidas se deben reflejar la fecha de expedición de la factura y la de la realización de las operaciones.
Las facturas y en especial todo lo que les rodea, además de imprescindibles pueden resultar excesivamente complejas. Por eso en ECM te ofrecemos nuestra ayuda para despejar tus dudas y ayudarte con tu empresa.