Por el momento no, nada cambia. Las fechas se mantienen y las formas de presentar la declaración.
Existen 2 maneras principales actualmente por la situación por COVID-19:

  • Por Internet o por teléfono. El día 1 de abril se abrió el plazo para declarar online mediante el portal Renta 2019 de la Agencia Tributaria, plazo que termina el 25 de junio
  • La Agencia Tributaria también cuenta con una app que se puede descargar para efectuar el trámite.

Si hago la renta ‘online’, ¿qué tengo en cuenta?
Optar por la declaración telemática es, posiblemente, la forma más rápida y realista de hacer la Renta, los datos del borrador suelen ser correctos, pero recomendamos revisarlos siempre.
¿Qué tengo que mirar sí o sí?
Desde ECM destacamos varios puntos que hay que mirar con lupa:

  • Cuotas sindicales. Normalmente las tendremos que añadir a mano
  • Refinanciación de un préstamo hipotecario. Si hemos realizado una ampliación de hipoteca podremos deducirla en proporción.
  • Deducciones por maternidad. Comprobar siempre que han incluido esta deducción.
  • Descuento por familia monoparental.  Si lo hemos puesto el año anterior, lo normal es que siga ahí, pero hay que mirarlo.
  • Planes de pensiones. Lo normal es que Hacienda tenga esos datos porque las compañías de seguros facilitan esa información.
  • Evita sanciones tomándote tu tiempo. La Ley General Tributaria dice que cualquier error en el que dejas de ingresar una cantidad conlleva el pago de sanciones económicas. Siempre conviene tomarse un tiempo para cumplimentar y revisar cada campo de la declaración. Eso sí, si el error es no haber incluido una reducción, simplemente te has quedado sin ella.

¿Y para preguntar?
ECM Asesores & Consultores dispone de un servicio de atención al cliente donde podemos atender cualquier duda al respecto e incluso ayudar con la declaración.
 

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