Tipos de sociedades mercantilesLas sociedades mercantiles son varias, cada una con diferentes condiciones de apertura y requisitos que es mejor saber desde el principio para no tener sorpresas una vez que se inicia el proceso de constitución. Ante cualquier duda, te recomendamos que acudas a una asesoría donde te pueden orientar de qué pasos debes seguir para constituirla y su puesta en marcha.
Cuáles son los tipos de sociedades mercantiles
Para que te hagas una idea, hoy en día el Ministerio de Economía y Competitividad reconoce 20 tipos diferentes de empresas, desde el autónomo o empresario individual hasta la Agrupación de Interés económico. Os dejamos el cuadro resumen con los diferentes tipos de sociedades mercantiles para que elijáis la mejor forma jurídica para vuestro negocio.
 
 
Por un lado, vamos a ver cuáles son el número de socios que necesitan cada una de ellas:

Tipos de empresa Socios
Empresario Individual 1
Emprendedor de
Responsabilidad Limitada E.R.L
1
Comunidad de Bienes (C.B.) Mínimo 2
Sociedad Civil (S.C.) Mínimo 2
Sociedad Colectiva Mínimo 2
Sociedad Comanditaria Simple Mínimo 2
Sociedad de Responsabilidad Limitada Mínimo 1
Sociedad Limitada de Formación sucesiva Mínimo 1
Sociedad Limitada Nueva Empresa Entre 1 y 5
Sociedad Anónima Mínimo 1
Sociedad Comanditaria por Acciones Mínimo 2
Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral Mínimo 2
Sociedad Anónima Laboral Mínimo 2
Sociedad Cooperativa Las de 1er grado: mínimo 3.  Las de 2º grado: 2 cooperativas
Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado Mínimo 3
Sociedades Profesionales Mínimo 1
Sociedad Agraria de Transformación Mínimo 3
Sociedad de Garantía Recíproca Mínimo 150 socios partícipes
Entidades de Capital-Riesgo Al menos 3 miembros en el Consejo Administración
Agrupación de Interés Económico Mínimo 2

 
Si tenemos en cuenta el mínimo de Capital que exige la ley para constituir cualquiera de estas sociedades podemos resumirlas en:
No existe mínimo legal establecido

  • Empresario Individual
  • Emprendedor de Responsabilidad Limitada
  • Comunidad de Bienes
  • Sociedad Civil
  • Sociedad Colectiva
  • Sociedad Comanditaria Simple
  • Sociedad Limitada de Formación sucesiva
  • Sociedad Agraria de Transformación
  • Agrupación de Interés Económico

Mínimo 3.000 €

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (y un máximo de 120.000 €)

Mínimo 60.000 €

  • Sociedad Anónima
  • Sociedad Comanditaria por Acciones
  • Sociedad Anónima Laboral

Otras cantidades

  • Sociedad de Garantía Recíproca (Mínimo 10.000.000)
  • Sociedad Cooperativa (Mínimo fijado en Estatutos)
  • Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado (Mínimo fijado en Estatutos)
  • Entidades de Capital de Riesgo: Sociedades Capital Riesgo: mínimo 1.200.000 € y Fondos Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 €
  • Sociedades Profesionales (Según la forma social que adopte)

 
Otro de los puntos importantes a tener en cuenta es el tipo de responsabilidad que tendrá cada uno de los socios. En este sentido también se pueden distinguir entre que el socio responde con todos sus bienes y limitada al capital aportado:

Socio responde con todos sus bienes Limitada al capital aportado
Empresario Individual Sociedad de Responsabilidad Limitada
Comunidad de Bienes (C.B.) Sociedad Limitada de Formación sucesiva
Sociedad Civil (S.C.) Sociedad Limitada Nueva Empresa
Sociedad Colectiva Sociedad Anónima
Sociedad Comanditaria Simple Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral
Sociedad Comanditaria por Acciones Sociedad Anónima Laboral
Sociedad Agraria de Transformación Sociedad Cooperativa
Agrupación de Interés Económico Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado
Sociedades Profesionales
Sociedad de Garantía Recíproca
Entidades de Capital-Riesgo

 
La forma jurídica de emprendedor de Responsabilidad Limitada E.R.L tiene como responsabilidad limitada con excepciones porque responde con todos sus bienes excepto la vivienda habitual cuando cumpla una serie de condiciones como que el valor no puede ser superior a los 300.000 €, entre otras.
Esperamos haberte aclarado algunas de las cuestiones imprescindibles a la hora de decidir por uno u otro de los tipos de sociedades que hay actualmente.

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